El divorcio es la disolución de vínculo matrimonial que une a dos personas y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro, el divorcio administrativo, se tramita ante las Oficialías del Registro Civil, siempre y cuando, se cumpla con algunos requisitos y formalidades que establecen la Ley de Divorcio del Estado de Guerrero y Ley del Registro Civil del Estado de Guerrero.
En el
Estado de Guerrero quedan establecidos tres procedimientos distintos para
obtener el divorcio:
I.-
Divorcio Administrativo.
II.-
Divorcio Voluntario y
III.- Divorcio Incausado
DIVORCIO ADMINISTRATIVO.
Se
da Cuando ambos consortes convengan en
divorciarse, sean mayores de edad, no tengan hijos, demuestre la mujer no
encontrarse en estado de gravidez clínica, y de común acuerdo hubieren
liquidado la sociedad conyugal si hicieron bienes y bajo ese régimen se
casaron, podrán presentarse ante el Oficial del Registro Civil quien los
identificará previamente y le comprobarán con las copias certificadas
respectivas que son casados y mayores de edad, manifestándoles de una manera terminante
y explícita su voluntad de divorciarse.
El
Oficial del Registro Civil, levantará un acta en que hará constar la solicitud de
divorcio, solicitara autorización a
la Coordinación Técnica del Sistema
Estatal del Registro Civil y
citará a los cónyuges para que se presenten a ratificarla a los 15 días. Si los
consortes hacen la ratificación, el Oficial del Registro Civil los declarará
divorciados levantando el acta respectiva y haciendo la anotación
correspondiente en la del matrimonio.
El
divorcio obtenido en la forma que se determina, será nulo si se demuestra que
los cónyuges son menores de edad, tienen hijos, no han liquidado su sociedad
conyugal o la mujer se encuentra en estado de embarazo; en estos casos aquéllos
sufrirán las penas que establezca el Código Penal.
REQUISITOS PARA
DIVORCIO ADMINISTRATIVO
1. Solicitud de divorcio (original y 2
copias)
2. Acta de matrimonio actualizada (original
y 2 copias)
3. Acta de nacimiento de los divorciados
actualizadas (original y 2 copias)
4. Certificado médico de NO gravidez de la
divorciada (Anexar análisis clínicos)
5. Identificación con fotografía de los
Divorciados (IFE original y 2 copias)
6. 2 Testigos con su Identificación Oficial
(IFE original y 2 copias)
7. Comprobante de domicilio (original y 2
copias)
NOTA: LOS DIVORCIADOS DEBEN COMPARECER,
SER MAYORES DE EDAD Y NO HABER PROCREADO HIJOS.