jueves, 25 de abril de 2013

Que trámites debes hacer ante el fallecimiento de un familiar

  1. Acudir  al  Panteón   Central  o Panteón  Nuevo  de  la  Ciudad.
  2. Presentar  copia  fotostática   de la  perpetuidad,  en caso de tener lote.
  3. Si  no tienes  lote,   se  le asignara  un  espacio   para  la inhumación, en  el Panteón  Nuevo, en  el   Panteón Central  ya  no hay  espacios  disponibles.
  4. Presentar   copia  fotostática  del  certificado  médico  de  defunción, el  cual  es extendido  por  el  médico  que  certificó  la muerte, si  no  lo tienes  acude  a la  Secretaria  de  Salud Municipal ahí  te  ayudaran con este documento.
  5. Presentar copia de  la credencial  de  elector  del  familiar  que  está  haciendo  el trámite.
  6. Una vez  asignado  el  lote  para  la  inhumación, la Administración  del  Panteón   le  extenderá, el permiso  para  inhumación o la solicitud  para  abrir fosa.
  7.  Después  de  haber  inhumado a  la  persona,  deberá presentarse al  Registro Civil  para  realizar  el Registro de  Defunción.
  8. El  Registro de  Defunción  deberá  de  hacerse ordinariamente  dentro de  los  primeros  6  meses,  después  de  este  tiempo  hasta  un año se  considera  extemporáneo y  deberá  de  ser  autorizado  por  la  Coordinación  del Sistema Estatal del Registro Civil, después   de  un  año deberá  presentar  una información  testimonial,  tramitada  ante  el juzgado  de primera instancia  de  lo familiar.
Cuando te presentes  al panteón  solo presenta  copia  el  certificado médico  de defunción, copia   de  la perpetuidad  y  una  copia  de la credencial del  solicitante, recuerda  que  lo primero  es  dar  sepultura   a tu familiar,  el registro  lo puedes  hacer  después y  en  los  tiempos  que  te  informamos.


                 REQUISITOS PARA REGISTRO DE DEFUNCIÓN
  1. Certificado Médico de Defunción
  2. Copia certificada de la averiguación previa en caso de muerte violenta
  3. Constancia de inexistencia de registro de defunción expedida por la respectiva Oficialía del Registro Civil (solo en caso de registro extemporáneo)
  4. Constancia de Inexistencia de registro de defunción expedida por la Coordinación Técnica del Sistema Estatal del Registro Civil (solo en caso de registro extemporáneo)
  5. Permiso de Inhumación de la Autoridad Municipal correspondiente
  6. Acta de Nacimiento
  7. Acta de Matrimonio, si la hubiere
  8. Identificación Oficial
  9. Recibo de pago correspondiente a los derechos autorizados.


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